¿Qué es el Derecho penal?

Representación generada por IA sobre qué es el Derecho penal, con la Justicia, balanza, espada y libros jurídicos, simbolizando el control social formal, la ultima ratio, la protección de bienes jurídicos y la imposición de penas y medidas de seguridad.

Imagen generada con inteligencia artificial.

A pesar de los dos años transcurridos desde el nacimiento de este blog, «Diálogos penales», aún no he abordado la esencia de la materia que le da nombre. ¿Qué es el Derecho penal? En las siguientes líneas intentaré abordar esta interrogante de una manera accesible, consciente de que este espacio está dedicado tanto a profesionales como a estudiantes del Derecho.

La convivencia social y la necesidad de control

Según la Real Academia Española, el concepto «expectativa» se define como «esperanza de realizar o conseguir algo». La convivencia social exige que cada miembro de la comunidad reconozca y respete las expectativas de los demás. De estas expectativas, las más importantes se normativizan, es decir, se concretan en normas. El conjunto de estas normas configura el orden social, cuyo mantenimiento requiere de un mecanismo para hacer frente a quienes lo defraudan con su conducta: el sistema de control social.

Parafraseando a Lumia, el sistema de control social es un conjunto de técnicas e instrumentos dirigidos a los miembros de la sociedad para que conformen su comportamiento a determinadas normas de conducta.  Hassemer lo define como un mecanismo propio de toda convivencia en sociedad dirigido a preservar el conjunto de normas que rigen en ésta en un momento determinado y que posibilita su formación como comunidad y su supervivencia como tal.

Es importante destacar que el ordenamiento jurídico constituye tan solo una faceta del sistema de control social. Así, el Derecho penal, en cuanto rama del ordenamiento jurídico, es, en consecuencia, un fragmento de dicha faceta. En este sistema encontramos dos clases de mecanismos: los instrumentos de control social informal y los de control social formal.

El Derecho penal es un instrumento de control social formal.

  • Instrumentos de control social informal. Éstos se caracterizan por ejercer la presión sobre el individuo mediante instituciones sociales, como la familia, la escuela, los grupos de pares, etc.
  • Instrumentos de control social formal. Aquéllos en los que la presión es ejercida por autoridades públicas competentes conforme al marco legal previamente establecido. El ordenamiento jurídico es un ejemplo de ello, y dentro de éste, el Derecho administrativo, el Derecho civil o, también, el Derecho penal.

En síntesis, podemos inferir que el Derecho penal es un instrumento de control social formal.

Qué es el Derecho penal y por qué actúa como ultima ratio

La formalización de un instrumento de control social significa que únicamente puede emplearse en los supuestos y en las condiciones previamente establecidos en la ley. Teniendo esto presente, el Derecho penal establece mandatos de no hacer (prohibiciones) o de hacer (obligaciones) determinadas conductas consideradas delictivas por atentar gravemente contra el orden social. Para comprender cómo se determina jurídicamente cuándo una conducta puede considerarse delictiva, resulta útil el concepto dogmático de delito y sus elementos estructurales.

La inobservancia de tales prescripciones conlleva la imposición de consecuencias jurídicas, que pueden ser penas o medidas de seguridad. Éstas afectan negativamente a importantes bienes jurídicos, algunos de ellos derechos fundamentales, por ejemplo, la libertad. Consecuentemente, el Derecho penal prevé la imposición de consecuencias jurídicas de especial gravedad.

Subsidiariedad o ultima ratio.

Es pertinente recalcar que el Derecho penal es un instrumento de control social, pero no es el único mecanismo de esta naturaleza a disposición del Estado. En este sentido, resulta trascendental subrayar las características propias del Derecho penal:

  • Subsidiariedad o ultima ratio. Dada la especial gravedad intrínseca de las penas y medidas de seguridad, el Derecho penal sólo debe operar cuando los demás instrumentos de control social se hayan revelado ineficaces o insuficientes para contener los comportamientos desviados más insoportables para la comunidad.
  • Fragmentariedad. El Derecho penal no puede extenderse indiscriminadamente a todas las conductas socialmente desviadas, sino que debe circunscribirse a aquéllas que atenten gravemente contra los bienes jurídicos más importantes.

El Derecho penal sólo ha de actuar frente a las conductas más graves.

Por consiguiente, el Derecho penal sólo ha de actuar frente a las conductas más graves que atentan contra los bienes jurídicos más importantes.

Conclusión

Atendiendo a lo anteriormente expuesto podemos definir el Derecho penal como un instrumento de control social formal orientado a evitar las conductas antisociales más graves que atentan contra los bienes jurídicos más importantes.

¿Quieres que te avise de las próximas publicaciones del blog? Te escribo solo cuando haya algo que valga la pena. Puedes suscribirte aquí.

Tu valoración

¿Te ha resultado útil esta reflexión?

5,0 de 5 · 1 valoración

Referencia bibliográfica

Cómo citar esta entrada

CHAVES CAROU, Marcos, 2023. ¿Qué es el Derecho penal? [en línea]. Disponible en: https://marcoschaves.es/blog/que-es-el-derecho-penal/ [consulta: 28 de agosto de 2026].

La conversación continúa

El análisis se enriquece con el diálogo

¿Qué reflexión te ha evocado esta lectura? Compártela y contribuye a ampliar el análisis desde el respeto y el sentido crítico.

Compartir mi reflexión

Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Configurar privacidad