Introducción
La sentencia del Tribunal Supremo 582/2022, de 13 de junio, inadmite por falta de interés casacional el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid 52/2021, de 10 de marzo, que a su vez resolvía el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Penal núm. 1 de Valladolid 249, de 28 de diciembre de 2020, en la causa Procedimiento Abreviado 212/20.
Una pareja separada con dos hijos menores en común. El 8 de junio de 2019, en el domicilio del padre y en un momento dado, este da a su hija de cuatro años cuatro azotes en el culo como reacción a un berrinche. La niña no quería dormir y lloraba sin cesar tratando de imponer su voluntad mediante la rabieta. Uno de los azotes le provoca en la nalga izquierda un área equimótica en evolución de 7 por 4 cm y en la derecha otra más tenue de 3 por 2 cm que, por otra parte, curaron en cuatro días de perjuicio básico sin precisar asistencia médica.
El padre fue condenado como autor responsable criminalmente de un delito de maltrato en el ámbito familiar, violencia doméstica, del artículo 153.2 CP, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad criminal, a cuatro meses de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de un año y seis meses y prohibición de aproximación a su hija, su domicilio, lugar de estudio o cualquier lugar donde se encuentre a menos de 500 metros por tiempo de un año y cuatro meses, y a satisfacer una indemnización a la menor en la persona de su madre en la cantidad de 200 euros con el interés del artículo 576 LEC.
Lo relevante de esta resolución es el debate acontecido entre la posición mayoritaria de la Sala reunida en Pleno y el voto particular de uno de sus Magistrados.